Cabe recordar, en primer lugar, que esa acelerada suspensión no invocó, ni se refirió a un pretendido “golpe de estado institucional” al instantáneo decir de la presidente de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner. Para Brasil, en el comunicado oficial de su Cancillería, ella tuvo en cambio que ver con que, en el juicio político al ex-obispo y ahora también ex-presidente, se habría afectado su “derecho de defensa” y con ello el “debido proceso legal” de los que la región aparece celosa. Como las decisiones en ambos organismos se toman por consenso, cabe suponer que esa fue la verdadera “causal” de la suspensión y no otra políticamente cargada de ideología y, en derecho, absolutamente fantasiosa.
Llama sin embargo poderosamente la atención que, en ninguno de los dos foros, se haya dado al Paraguay el derecho que -se dice- se habría cercenado a Lugo: el de defenderse.
Pese a que así lo dispone concretamente la Convención de Viena de 1969, que codifica el derecho de los tratados y que, en el caso de las posibles suspensiones, requiere que se escuche previamente a la parte contra la cual se propone la suspensión.
Uno puede quizás inocentemente pensar en aquello de: “en casa de herrero, cuchillo de palo”. Pero no es así: lo sucedido ha sido una tan artera como clara manipulación de las normas que rigen a ambas organizaciones regionales, para castigar al Congreso del Paraguay por la remoción de un gobernante del mismo palo que Hugo Chávez y Cristina Fernández de Kirchner, que fueron los dos motores de la suspensión finalmente aplicada al Paraguay, en violación del derecho internacional. La razón verdadera del despropósito está meridianamente clara: dejar de lado la oposición del Paraguay al ingreso de Venezuela al MERCOSUR que fuera solicitado en el 2006 y que desde entonces ha estado “en la congeladora”, atento a que Venezuela no es un país democrático.
Con la suspensión del Paraguay se intenta violar nuevamente la Convención de Viena, pese a que allí se dispone que lo que se suspende son solamente los derechos y obligaciones que hacen a las relaciones entre las partes; esto es, no los que tienen que ver con posibles nuevos miembros, que no pueden suspenderse. Porque, como hemos dicho, se está intentando hacer ingresar a Venezuela al MERCOSUR sin obtener la indispensable autorización del Paraguay, lo que acarrea una nulidad incurable.
A lo que cabe agregar que el propio Tratado Constitutivo del MERCOSUR dispone que todos los Estados Partes deben aprobar (ex ante) el ingreso de un nuevo miembro. Lo que, por cierto, exige el consentimiento expreso paraguayo.
Parece mentira que esto haya sucedido y que Brasil, Chile, Colombia y Perú se hayan prestado a este juego. Pero ha sido así. Por esto no sorprende que la Federación Interamericana de Colegios de Abogados haya emitido de inmediato una declaración concluyente, que lleva la firma de su presidente, Rafael Veloz y de su secretario, Dante Figueroa, en la que se urge al MERCOSUR y UNASUR a respetar el derecho internacional, permitiendo la reincorporación inmediata del Paraguay, dándole además el derecho a expresar su parecer en el marco del debido proceso legal. En ella se pide a los Comités especializados de la entidad investigar la cuestión y producir un dictamen al respecto, en el plazo de noventa días. A lo que se agrega el pedido formal de que se respete el principio de “no ingerencia en los asuntos internos de otros Estados”, tradicional en nuestra región.
* Emilio J. Cárdenas es Ex Embajador de la República Argentina ante las Naciones Unidas.
Fuente: Radio Miami Internacional
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