Thursday, July 24, 2008

Despenaliza México la migración ilegal


Tras casi tres meses de que el Congreso de la Unión aprobara la despenalización de la migración indocumentada en el País, el Presidente Felipe Calderón publicó ésta y otras reformas a la Ley General de Población (LGP) en el Diario Oficial de la Federación.

Con la publicación de este decreto, a partir de hoy ningún migrante
podrá ser sancionado penalmente por entrar sin documentos al
territorio nacional, reingresar a territorio nacional después de haber
sido expulsado o por cometer otro tipo de faltas a la LGP.

Sin embargo, los extranjeros serán sancionados por cometer una falta
administrativa, por lo que al ingresar sin la documentación
correspondiente a territorio mexicano pagarán una multa de entre 20 y
100 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

El decreto deroga seis artículos de la ley, entre ellos el 123, que
establecía una pena de hasta 2 años de prisión al extranjero que se
internara ilegalmente al país, y el 122, que imponía una pena de hasta
5 años de cárcel al extranjero que fingiera sobre su calidad
migratoria.

Hasta ahora, el migrante que reingresara al país luego de ser
expulsado podía ser sancionado hasta con 10 años de cárcel, ahora
pagará una multa.

También pagarán multa aquellos migrantes que habiendo sido expulsados,
se internen al territorio nacional u oculten su condición de
expulsados para obtener un nuevo permiso de internación.

Igualmente se sancionará a los extranjeros que habiendo obtenido
legalmente autorización para internarse al país, por incumplimiento o
violación de disposiciones administrativas o legales, se encuentren
ilegalmente en el mismo; los que realicen actividades para las que no
estén autorizados o los que dolosamente se ostenten como poseedores de
una calidad migratoria distinta.

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