Bolivia: Magistrada pone en suspenso el Revocatorio - La estrella de Oriente

La magistrada suplente del Tribunal Constitucional, Silvia Salame, “suspendió” este martes el referendo revocatorio de mandato popular, intento que fue calificado de “cantinflesco” por el Gobierno, por su falta de sustento legal, y anunció que será sometida a un proceso penal por prevaricato.
La única magistrada en funciones del Tribunal Constitucional (TC), Silvia Salame, defendió este martes su posición frente a un recurso de inconstitucionalidad, mediante el cual recomendó a la Corte Electoral la paralización del proceso del referéndum revocatorio mientras el órgano de la judicatura se pronuncia sobre el fondo del asunto.
Salame argumentó que tomó esa decisión en defensa “de la jurisprudencia” y porque no se quedó “como portera” de la máxima instancia de control constitucional. El recurso en contra de esa consulta popular había sido presentado por el diputado Arturo Murillo de Unidad Nacional (UN).
Silvia Salame sostuvo a los medios, al ser consultada por las críticas del Gobierno a su opinión, que el Tribunal Constitucional, pese a no tener quórum, cuenta con el respaldo y las atribuciones para velar por la jurisprudencia.
“Hice el pronunciamiento oficial, (porque) el Tribunal Constitucional no tendrá quórum para dictar resoluciones, pero sí tiene atribuciones para hacer respetar la institucionalidad; no me he quedado a cuidar la puerta del Tribunal, estoy haciendo respetar la jurisprudencia y es bien clara en sentido de cuando se presenta un recurso incidental, el órgano que va a aplicar esa norma impugnada debe suspenderla hasta que el tribunal se pronuncie”, dijo Salame.
Desde La Paz, el ministro de la Defensa Legal, Héctor Arce, dijo que el criterio de Salame carece de sustento legal y anunció que el Gobierno interpondrá una demanda contra la magistrada por el delito de prevaricato.
No obstante, Salame explicó que, conforme a la jurisprudencia del órgano constitucional, cuando se presenta un recurso incidental de inconstitucionalidad “no se puede dictar la resolución final”, en este caso referida al referéndum revocatorio hasta conocer la opinión final del Tribunal.
“En realidad, lo que se hizo fue poner en conocimiento la jurisprudencia del TC que, de acuerdo al artículo 44 de la Ley del Tribunal, es vinculante para nosotros y para todos los órganos judiciales y administrativos, a mí me manda que es obligatorio y vinculante”, subrayó Salame.
“La Corte (Nacional Electoral) tiene que abstenerse de continuar con el referéndum hasta que el TC se pronuncie sobre la constitucionalidad”, reiteró la magistrada, al recordar que anteriormente se resolvieron otros casos que han quedado dentro de la jurisprudencia normativa.
En pasadas horas, el diputado Arturo Murillo (UN), presentó ante el Tribunal un recurso incidental de inconstitucionalidad contra la Corte Nacional Electoral, por considerar que ese órgano “no estaba actuando de acuerdo a ley” en la atención a su pedido de suspender el referéndum revocatorio.
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