Aciertos y desaciertos de las reformas económicas: La reforma laboral
En su segunda semana de gobierno, la administración Uribe sometió a consideración del Congreso de la República, y de paso a la opinión pública, la reforma al mercado de trabajo, en espera de su pronta aprobación y, en caso de obtenerse esta, su aplicación se haría a partir del Primero de Enero del 2003. De inmediato se escucharon reacciones, las cuales van desde el beneplácito de los empresarios hasta el ya acostumbrado rechazo de los sindicatos. Pero en medio de esta discusión no debe perderse lo que en verdad importa: la capacidad de la reforma para dar solución al problema de desempleo que agobia a más de tres millones de colombianos.
Los empresarios han salido en defensa de la reforma laboral y no es para menos. La eliminación de la remuneración a las horas extras y festivos trabajados, la ampliación de la jornada laboral y las reducciones en las indemnizaciones por despidos, significan un ahorro considerable para los generadores de empleo. Y ese es el primer gran logro de esta reforma: motivar la racionalidad de los empresarios colombianos; y al hacerlo el gobierno se ha anotado un punto importante ya que mientras los empleadores sientan que las condiciones están dadas, tendrán incentivos para contratar nuevos trabajadores.
A través de estas modificaciones en la jornada diurna, la cual sería de 5 de la mañana a 9 de la noche, se espera incentivar la creación de dos jornadas de trabajo sin que esto le represente al empresario el pago de recargos nocturnos ni de horas extras. De esta manera los empleadores se verían motivados a doblar, en algunos casos, su personal, lo cual tendría un impacto positivo sobre el empleo. Además, al reducir los pagos por indemnizaciones por despidos en contratos a término indefinido, se espera vencer el miedo que muchos empresarios han expresado al respecto. Así, lo que finalmente busca la reforma laboral es reducir el costo del trabajo y permitir que de esta manera disminuya el desempleo.
Otro aspecto a resaltar son los incentivos para los empresarios que empleen a reinsertados, reclusos, jefes de hogar desempleados y, en especial, a los jóvenes entre 18 y 25 años y adultos mayores de 50. De esta manera se busca que estos grupos, por lo general débiles en el mercado laboral, logren emplearse. Los beneficios para el empleador pueden llegar hasta la exención del 100% de los aportes a las Cajas de Compensación.
Por otro lado, y para equilibrar la situación con los trabajadores, se aumentarán las vacaciones remuneradas en cinco días hábiles, se mantendrá el día compensatorio por trabajo dominical y, para compensar las menores indemnizaciones, los empresarios tendrán que aumentar en un punto porcentual el valor de las cesantías que se consigna al fondo del empleado cada año. Así, el pago de este ahorro sería de 9,33% sobre el ingreso del trabajador.
Sin embargo, y aunque las medidas pueden facilitar mucho el alcance del objetivo final de esta reforma, el cual es la flexibilidad laboral, existe un punto de esta que debe ser revisado con cuidado: el Seguro de Desempleo. En efecto, el Proyecto de Ley presentado al Congreso contempla la creación del Sistema Nacional de Protección para el Desempleado, el cual crea el Subsidio Temporal al Desempleo y define sus fuentes de financiación. Es claro que lo que se busca con esta medida es un auxilio económico a las personas que no tienen empleo, sin embargo esta no es la manera correcta de ayudar a solucionar su situación.
En los países donde ya existe esta figura los resultados no han sido muy satisfactorios, ya que la experiencia ha indicado que de esta manera no se proporcionan los incentivos suficientes para que la persona desempleada continúe con la búsqueda de trabajo. En efecto, al contar con un ingreso fijo, la dsiposición a emplearse se podría reducir significativamente y el efecto de este mecanismo es que muchas personas acaban dependiendo en demasía del subsidio sin dedicarse a buscar empleo. Por lo tanto, y ante el alto nivel de desempleo del país, se requerirían demasiados recursos para proporcionar tal auxilio. Además, la reforma plantea que el Subsidio de Desempleo será de carácter temporal, lo que implica que al vencer su plazo las personas quedarán nuevamente sin medios de subsistencia.
Ante el problema de la financiación del Seguro de Desempleo, la reforma plantea la creación del Sistema de Protección al Desempleado, el cual estaría integrado por los regímenes individual y solidario. El primero, para las personas con empleo, son simplemente las cesantías que continuarán funcionando como en la actualidad: un ahorro para el momento en que se pierde el trabajo. El régimen solidario es el que más llama la atención, ya que los recursos provendrán de la contribución en cesantías que el patrono hace a los empleados. Así, mientras en la actualmente se deposita en la cuenta individual de cada trabajador el equivalente al 8,33% de sus ingresos, luego de la reforma este porcentaje se reducirá a 5,33%. Es por esto que el Ministro de Trabajo ha dicho que esta reforma laboral está enmarcada en la solidaridad de los colombianos. Así, aunque se debe aceptar que la situación de las personas sin empleo es complicada, ante el pago de un Seguro de Desempleo lo que se logrará será una redistribución del ingreso pero por lo bajo.
Por lo tanto, aunque la reforma laboral logra otorgar una mayor flexibilidad al mercado laboral colombiano, se debe revisar muy cuidadosamente el Seguro de Desempleo, ya que de esta manera se podría dar al trasto con el esfuerzo para fomentar la creación de empleo.
|